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Hace pocos días se conoció la sentencia de la Corte Constitucional sobre la inconstitucionalidad por el fondo y la forma de “determinadas partes de los artículos 35 y 56” de la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento a la Agricultura Sustentable. Esta sentencia llega, aproximadamente, luego de 4 años de presentadas 6 demandas de inconstitucionalidad por parte de organizaciones campesinas y colectivos de la sociedad civil.
Para la Corte Constitucional el ingreso no autorizado de transgénicos al Ecuador constituye una falta grave, por lo que lo estipulado en el artículo 56 de autorizar el ingreso y uso de semillas transgénicas con fines investigativos, alteraría el ordenamiento jurídico nacional, de tal forma que esta permisividad debe ser expulsada de la norma. Según la Corte Constitucional la prohibición del ingreso y uso de semillas transgénicas está estipulado en la Constitución de la República, y no puedo una norma secundaria alterar esta regulación, por lo que queda prohibido el ingreso de transgénicos con fines de investigación.
En rueda de prensa el Colectivo Ecuador Libre de Transgénicos sostiene que la sentencia es un triunfo a favor de la Soberanía Alimentaria, pues bajo los principios de legalidad y democracia se reconoce el derecho que tienen los pueblos a tener sistemas alimentarios sustentables[1]. Para Acción Ecológica esta sentencia es un paso más para alcanzar un “Ecuador libre de semillas y cultivos transgénicos y valorar y fortalecer las semillas campesinas”[2].
La Red de Guardianes de Semillas manifiesta que es importante reconocer la inconstitucionalidad del artículo 56, pero que la sentencia de la Corte Constitucional trae consigo una “victoria” más amplia a favor las semillas campesinas, por ejemplo, antes de la sentencia, el Estado solo incentivaba la reproducción de semillas certificadas, pero ahora está obligado a establecer e incentivar los sistemas de semillas campesinas, además, ahora las semillas pueden ser promocionadas y comercializadas sin registro obligatorio, por lo que se reconoce los saberes ancestrales para determinar y garantizar la calidad de las semillas campesinas[3].
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Notas
[1] Rueda de prensa del 27 de enero de 2022.
[2] Pronunciamiento Acción Ecológica 22 de enero 2022. https://www.accionecologica.org/la-corte-constitucional-se-pronuncia-sobre-el-ingreso-de-semillas-y-cultivos-transgenicos/
[3] https://redsemillas.org/wp-content/uploads/2022/01/pdf-Sentencia-Corte-Constitucional-semillas.pdf?fbclid=IwAR3JpKWhx0H2W-HLErEkrNGwlKD3EiRsDKLcd0jUmrfQXzB4Iz6CVnysUGQ
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Gabriela Vanegas Carrera
ComunicadoraComunicadora Social, con estudios en comunicación para el desarrollo. Trabaja estrategias de comunicación y creación de contenido digital.
Intereses: Narrativa y Literatura Universal.