EL TIEMPO
En la propuesta elaborada por el organismo legislativo, presidido por Lourdes Tibán (PK), en su artículo 14 referente a las tierras de propiedad privada y del Estado, determina que: El Estado, a través de las instituciones correspondientes, mediante la verificación histórica y comunitaria declarará la afectación de las tierras de propiedad privada y del Estado y de forma inmediata restituirá y revertirá a favor de las comunas y comunidades del país, garantizando la redistribución equitativa y justa del acceso a la tierra.
Los principios rectores y de aplicación de los derechos de las comunas, establecidos en la Constitución son: interculturalidad, plurinacionalidad, libre determinación, participación directa, democrática y protagónica, transparencia, reciprocidad, complementariedad, equidad de género y generacional, no discriminación, exigibilidad, agregó.
Según la propuesta, las comunas y comunidades tienen una personalidad jurídica propia y son titulares de derechos, conforme lo señalado en la Constitución y los instrumentos internacionales.